miércoles, 24 de abril de 2013

Habemus certificación energética de edificios existentes… Pero no fumata blanca


En efecto, el pasado 13/4/2013 se publicó el RD 235/2013 que aprueba el procedimiento básico para la certificación energética de edificios, derogando el anterior RD 47/2007 que trataba la certificación energética de edificios nuevos, e introduciendo la tan esperada certificación energética de los edificios existentes.

Empecemos por los aspectos positivos:

·         El corto plazo de entrada en vigor: A partir del 1/6/2013 (¡dentro de menos de un mes y medio!) será exigible el certificado de eficiencia energética del edificio para todos los contratos de compraventa o arrendamiento celebrados a partir de esta fecha. En borradores anteriores de este RD se mencionaban periodos de hasta 8 años para que la certificación empezara a afectar a edificios con calderas de potencia inferior a 400 kW.

·         Para desarrollar los límites de la escala de calificación de los edificios residenciales existentes se ha realizado la primera evaluación oficial de la población de consumo energético del parque de edificios residenciales existente bajo condiciones de internalización de las demandas de los servicios energéticos consideradas por la certificación energética (calefacción, refrigeración y ACS). Este documento con fecha del 5/2011, que se puede encontrar en la web del IDAE, resulta sorprendente que todavía no esté incorporado en los documentos reconocidos de la certificación energética de la web del Ministerio de Industria, dónde sí que está el documento correspondiente para la certificación de edificios nuevos (de fecha 5/2009), pero sus resultados se encuentran integrados en la herramientas oficiales para la certificación de edificios existentes. En relación a este aspecto, mencionar que para el informe Energía 3.0 (ver informe completo, capítulo sobre el sector edificación), dada la ausencia por aquel entonces de evaluaciones oficiales sobre la demanda potencial del sector edificación, desarrollamos una evaluación de la demanda energética del parque edificatorio Español para la cobertura de la demanda de servicios total (más allí de calefacción, refrigeración y ACS para incluir iluminación y equipamientos) tanto para los edificios residenciales como para el resto de los edificios terciarios de distintos usos (para estos últimos sigue sin haber ninguna valoración oficial) , incluyendo un ejercicio de calibrado con los resultados energéticos macro de la IEA, y una proyección del potencial del despliegue de eficiencia energética en base a modelado detallado de las distintas tipologías de edificio que configuraban el reparto modal del parque edificatorio esperado en España.
 

En el contexto político-social-económico actual, la noticia de la aprobación del RD de certificación energética de edificios existentes se ha recibido con mucha euforia, como si se tratara de un gran logro de nuestros gestores. Pero no por estar atravesando una época de oscuras tinieblas y despropósitos por lo que respecta  a la competencia y actividad de nuestros gestores políticos hay que dejarse deslumbrar por cualquier novedad perdiendo la perspectiva de dónde viene y qué implica (por cierto, para los que no lo hayan visto, el artículo de Ignacio Pérez Arriaga sobre la falta de capacitación de nuestros gestores energéticos, que aun no siendo una condición suficiente sí que es una condición necesaria para el desarrollo de políticas energéticas coherentes).

Y en efecto, fumata blanca haberla no hayla …

Para empezar, el llegar a disponer de un procedimiento de certificación energética de edificios que incluya el grueso del parque edificatorio, nos ha llevado nada más ni nada menos que 20 años, desde que la Directiva 93/76/CEE indicara la necesidad de que los estados miembros introdujeran la certificación energética de edificios para apoyar el despliegue de eficiencia en este sector difuso. En este sentido, la certificación energética de edificios no es tan solo un proceso de respuesta lenta (en contraste con los procesos de respuesta rápida: ver discusión en Energía 3.0 por lo que respecta a su capacidad de generar un proceso de transformación en el sector edificación para su transición hacia la sostenibilidad, sino que además ha sido un proceso de concepción MUY lenta, perdiendo totalmente la posibilidad de impactar directamente (es decir, no en segunda pasada rehaciendo los edificios mediante su rehabilitación) el grueso del parque edificatorio de nuestro país desarrollado durante el boom inmobiliario entre los años 1995 y 2007. Prácticamente 10 años después, ante la inactividad de algunos países, la Directiva 2002/91/EC sobre el desempeño energético de los edificios introdujo la obligación de que los estados miembros implementaran un proceso de certificación energética de los edificios (nuevos & existentes) para el 4/1/2006. Posteriormente, esta Directiva fue refundida por la Directiva 2010/31/EU para intentar ser más específica y contundente ante la falta de cumplimiento de algunos estados miembros (lamentablemente la contundencia y eficacia en impulsar la sostenibilidad no es el fuerte de las Directivas Europeas, que a menudo se pierden en los compromisos y generalidades asépticas que resultan de las negociaciones y regateos entre estados miembros…), obligando a que los estados miembros traspusieran esta legislación (entre ella la certificación energética de edificios) para el 9/7/2012 y en particular a que la certificación de edificios existente empezara a aplicarse el 9/1/2013.

Por otro lado, la certificación energética de edificios existentes se va a realizar con herramientas (actualmente son dos las herramientas oficiales disponibles: CE3 & CE3X) que implementan procedimientos simplificados basados en los procedimientos y herramientas de referencia de la certificación energética de edificios existentes (CALENER). No voy a entrar en detalle de todas las limitaciones específicas de las herramientas de certificación de edificios existentes (coeficientes emisiones, tratamiento de la cogeneración, fuerte limitación al aporte con renovables en una de las herramientas, tratamiento de la generación eléctrica renovable, superficialidad en el tratamiento de los sistemas en una de las herramientas, limitación del tratamiento del régimen a carga parcial en equipos eficientes, implementación de los factores de ponderación en ambas herramientas, limitaciones tipológicas en alguno de los procedimientos, tratamiento iluminación natural,  limitaciones de claridad y compleción en la documentación, …), pero el punto que quería resaltar es que todas ellas toman como referencia los procedimientos y herramientas de la certificación energética de edificios existentes, por lo que heredan todas sus limitaciones y problemática. A modo de referencia, por quien esté interesado en profundizar en estos aspectos, enlazo (en orden cronológico)  algunos documentos de acceso público donde he ido analizando algunos de estos aspectos a lo largo de estos últimos años:

      ·         (2004) Edificación y sostenibilidad: Limitaciones de la nueva normativa
      ·         (2005) Energía y edificación: normativa inapropiada compromete sostenibilidad
      ·         (2005) El código técnico de la edificación y la certificación energética de edificios: grandes limitaciones en las propuestas actuales
      ·         (2005) Valoración energética de edificios: Necesidad de mejora en las propuestas de regulación y certificación para España
      ·         (2006) Analysis of building energy regulation and certification in Europe: their role,limitations and differences
      ·         (2007) La gestión de la demanda de energía en los sectores de la edificación y del transporte
      ·         (2008) Problemática en la limitación del CTE sobre la demanda de refrigeración de los edificios
·         (2011) Energía 3.0 (En 'informe completo', capítulo sobre sector edificación)

En definitiva: Que hay cierto riesgo de que nos aboquemos a un proceso de generación de PIB con impacto global negativo para nuestros recursos, y por tanto nuestro sistema económico (como ese ejemplo del vertido de residuo tóxico por accidente de camión en zona natural de alto valor, con el consiguiente despliegue posterior de equipos de limpieza y recuperación, para dejar detrás de sí un recurso natural deteriorado y un considerable gasto económico, eso sí, con los políticos irresponsables muy contentos porque todas estas actividades contribuyen a incrementar el PIB…)

Veamos con un poco más de calma  el efecto del coeficiente de emisiones de la electricidad que implementan todos estos procedimientos de certificación (edificios nuevos y existentes). La certificación energética de los edificios está basada en las emisiones de CO2 asociadas a algunas de las dimensiones energéticas de la operación del edificio. Por tanto, los coeficientes de emisión implementados en las herramientas de certificación para los distintos tipos de energía final condicionan totalmente el resultado obtenido, pudiendo desvirtuar totalmente el resultado final, impulsando la rehabilitación del edificio en una dirección totalmente opuesta a la sostenibilidad.

Me resulta realmente difícil de entender la cabezonería de forzar para la electricidad, desde el inicio de los procedimientos de certificación en España hasta la actualidad (herramientas de certificación de edificios existentes),  unos coeficientes de emisiones exageradamente más elevados que los del sistema eléctrico. En efecto, todas las herramientas de certificación de edificios llevan internamente codificados unos coeficientes de emisiones para la electricidad de 649 grCO2/kWh para la electricidad peninsular, y de 981 grCO2/kWh para la electricidad extrapeninsular. Los procedimientos de certificación denominan a estos coeficientes los coeficientes de la ‘electricidad convencional’, y los asignan a cualquier uso de electricidad que haga el edificio a certificar, como si el edificio pudiera diferenciar entre la electricidad ‘convencional’ que lleva la red eléctrica y la ‘no-convencional’. La realidad es que en el año 2010 el coeficiente de emisiones de la electricidad nacional proporcionado por la Comisión Nacional de la Energía (CNE) ya era de 240 grCO2/kWh como consecuencia de la integración de energías renovables en la red eléctrica, que incluso siendo conservador con los rendimientos de T&D y sin tener en cuenta los potenciales efectos positivos sobre estos rendimientos de la generación renovable distribuida, podría conducirnos a un coeficiente de emisiones de la electricidad en baja tensión suministrada a los edificios residenciales del orden de 280 grCO2/kWh, menos de la mitad de lo que fuerzan las herramientas de certificación. Es más, la tendencia del coeficiente de emisiones del sistema eléctrico (en España y en otros países) es a irse reduciendo rápidamente a medida que se va introduciendo generación renovable, tal y como pudimos experimentar en nuestro país antes de que empezara a desplegarse la regulación energética irresponsable, y si  tenemos que evolucionar hacia sostenibilidad, el sistema político será el primero sobre el que la sociedad forzará un cambio, por lo que el sinsentido de los últimos años por lo que se refiere a la regulación de la integración de renovables en la red se acabará, y el coeficiente emisiones retomara su senda hacia cero.

En este sentido, es importante darse cuenta de que la vida útil de las actuaciones de rehabilitación sobre la envolvente y sistemas de un edificio es de 50 – 20 años, y por tanto, si el origen de estas actuaciones es la certificación energética de los edificios obtenida hoy, esta certificación (y las recomendaciones de actuación asociadas a ella) debería mirar incluso más allí de la condición actual, para reflejar las condiciones medias en el periodo de vida útil de las actuaciones propuestas: No vaya a ser que en aras a la mejora de la certificación recomendemos e implementemos hoy una medida de rehabilitación (gastando recursos para ello) que en unos pocos años haga que el edificio en cuestión descienda a los últimos escalones de la escala de sostenibilidad…

Veamos una ilustración de esta situación mediante un ejemplo:  La Figura-1 recoge una comparativa del coeficiente  de emisiones de la unidad de energía térmica útil de calefacción suministrada por distintos sistemas según el coeficiente de emisiones de la electricidad considerado.

En color gris recogemos el coeficiente de emisiones con calderas de combustión de distintos combustibles, que evidentemente no se ven afectadas por el coeficiente de emisiones de la red pues (mayoritariamente) usan un combustible fósil como energía final. Podemos observar una gran mejora al pasar de una caldera estándar de gasóleo a una de condensación de gas natural.

En color azul recogemos los resultados correspondientes a sistemas de calefacción eléctricos resistivos (por efecto Joule) para distintos valores del coeficiente de emisiones de la electricidad (valores extrapeninsular y peninsular implementados en las herramientas de certificación, valor real del sistema eléctrico en el año 2010, y proyección de lo que podría ser el sistema eléctrico en el año 2020). Hay varios elementos importantes a observar en este caso:

·         Imaginemos la cara que se les debe quedar a los de la isla del Hierro, con un sistema eléctrico prácticamente 100% renovable (coeficiente de emisiones nulo), cuando les digan en base a la certificación que su sistema de calefacción eléctrica por efecto Joule tiene un coeficiente de emisiones de 981 grCO2/kWh y por tanto, como medidas de mejora del parque edificatorio fuerzan a cambiar todas las calderas para producción de ACS a calderas estándar con gasóleo, que mejoran de forma muy importante la calificación energética de sus edificios (¡¡!!). Por cierto, esta situación de sistema eléctrico prácticamente 100% renovable es hacia la que evoluciona también el sistema eléctrico peninsular. Es decir, en base a la certificación se procede a cambiar todas las calderas de ACS por calderas de combustible fósil de gasóleo , pasando a emitir 370 grCO2/kWh cuando con un sistema eléctrico resistivo hubieran tenido emisiones nulas, además de haber podido contribuir con la gestión de su demanda a la operación del sistema eléctrico basado en renovables.

·         Incluso para el sistema peninsular con el coeficiente de emisiones implementado en las herramientas de calificación, la calificación energética indicaría que hay un potencial de mejora significativa al cambiar el sistema  de calefacción eléctrica por una caldera estándar quemando gasoil (de hecho hay que apuntar que como consecuencia de los factores de ponderación no documentados y no justificables que implementa alguna de las herramientas de calificación de edificios existentes, la diferencia en la calificación todavía resultaría superior a la mostrada por la Figura-1). Como consecuencia, se implementan programas de rehabilitación (con subvención incluida) destinados a cambiar todos los sistemas de calefacción eléctrica resistiva por calderas de gasóleo. Sin embargo, si nos fijamos en el factor de emisiones del sistema de calefacción eléctrica con el coeficiente oficial de emisiones de la red eléctrica en el año 2010, la sustitución por la caldera de gasóleo realmente conduce a unas emisiones reales un 31% superiores (independientemente de lo que diga el papelito del certificado energético), y es más, si miramos en el punto medio de la vida útil de esta medida de rehabilitación (entorno al año 2020), con un menor coeficiente de emisiones de la red eléctrica, la solución con caldera de gasóleo que impulsamos en la rehabilitación tiene unas emisiones que son un 208% superiores a las del sistema de calefacción eléctrica por efecto Joule al que sustituyó. Una vez más, imaginemos la cara que se le va a poner al propietario del edifico a quien en aras a la mejora de la certificación energética se le condujo a empeorar de forma tan significativa su sistema de calefacción y/o ACS… O la cara que se nos pondría a todos como sociedad si impulsáramos ese tipo de rehabilitación con fondos públicos para unos pocos años después encontrarnos de frente con la realidad de que hemos empeorado significativamente la sostenibilidad del sistema edificatorio. En fin, que empieza a sonar un poco  a eso de incrementar el PIB en base a vertidos tóxicos en zonas de elevado  valor ambiental…

Por último, en barras de color rojo, la Figura-1 nos muestra los resultados correspondientes a cubrir las demandas de energía térmica con una bomba de calor, una forma en base al uso de electricidad como energía final pero considerablemente más eficiente que los sistemas eléctricos resistivos que consideramos anteriormente. En concreto, la bomba de calor que hemos considerado en este ejemplo, con un SCOP = 3.1 es una bomba de calor buena, pero sin exagerar, dentro de la disponibilidad actual del mercado (en la actualidad, y en climas más severos como el Danés, ya se comercializan bombas de calor con SCOP = 4.5, y en el mercado Japonés todavía las hay más eficientes). En este caso, la solución con bomba de calor con los coeficientes de emisiones implementados en las herramientas de certificación, en el caso peninsular ya sale más favorable que las calderas standard con gasóleo o gas natural (no así en el caso extrapeninsular), pero conduce a unas emisiones un 3.1% superiores a las de una caldera de condensación con gas natural, si bien con el coeficiente real de emisiones del sistema eléctrico en el año 2010 las emisiones de la bomba de calor son un 124% inferiores a las de la caldera de condensación con gas natural, y en el punto medio de la vida útil de esta medida de rehabilitación (año 2020), las emisiones de la bomba de calor resultan ser un 425% inferiores a las de la caldera de condensación de gas natural. Sin embargo, la herramienta de certificación energética de edificios fallaría en capturar esta gran ventaja de la bomba de calor frente a la caldera de condensación, impulsando por tanto hoy una rehabilitación energética con prestaciones ambientales tremendamente inferiores a la de la alternativa de la bomba de calor.
 

Figura-1: Coeficiente de emisiones de la unidad de energía térmica útil de calefacción suministrada por distintos sistemas según el coeficiente de emisiones de la electricidad considerado.

 

Otro tema que distorsiona significativamente el resultado de la calificación energética de los edificios es el tratamiento de la cogeneración que se implementa en las herramientas de certificación, en las que se asignan unas emisiones nulas al calor ‘residual’ obtenido en la cogeneración. El eximir de cualquier responsabilidad ambiental (e incluso económica) al calor producido en la cogeneración era algo que podía tener sentido en la era de los fósiles, es decir, cuando la única forma de generar electricidad era quemando combustibles fósiles. Pero en la era de las renovables, cuando existen otras alternativas para generar electricidad que no implican quemar un combustible fósil, es ciertamente un sin sentido. Los Daneses apostaron por la cogeneración cuando tocaba, en la era de los fósiles, pero en el periodo de transición hacia la era de las renovables se están encontrando las consecuencias de rigidez del sistema energético heredadas por el falso etiquetado verde del District Heating en base a eximir al calor de la cogeneración de sus responsabilidades económicas y ambientales, y en la actualidad ya están procediendo a separar responsabilidades entre calor y electricidad en las centrales de cogeneración, aunque en ocasiones todavía de forma más favorable para el calor de lo que le corresponde. El tema es muy sencillo: cuando existen otras opciones para generar electricidad sin quemar fósiles, la elección de la cogeneración es por el ‘calor’,  no por la ‘electricidad’, por lo que el ‘calor’ deja de ser un residuo para pasar a ser uno de los dos productos del proceso (calor & electricidad) y por tanto debe corresponsabilizarse de las implicaciones ambientales (emisiones en este caso) en relación al ratio de servicios energéticos proporcionado.


El origen de los propios indicadores de eficiencia energética en los que se basan las escalas de calificación, y por tanto el resultado de la certificación energética, es otro de los aspectos que no hay que perder de vista a la hora de interpretar y evaluar el resultado y utilidad de la certificación energética:

En el caso de los edificios no residenciales, el indicador de eficiencia energética es el cociente entre las emisiones de CO2 del edificio considerado y las emisiones de un edificio de referencia que ¡cambia para cada edificio analizado!. Es decir, que dados dos edificios no residenciales colocados uno al lado del otro, los dos con el mismo uso (por ejemplo hoteles), el edificio de mayores emisiones por unidad de superficie (o mayor consumo de energía por unidad de superficie) puede tener una calificación energética mejor que el edifico de menores emisiones! En efecto, dado que el denominador del indicador de eficiencia energética (kgCO2/m2-a de referencia con el que se compara el desempeño del edificio) cambia para cada uno de ellos, la evolución de los numeradores (emisiones por unidad de superficie de los edificios considerados) no condiciona el resultado del indicador por sí solos. ¡con lo sencillo y transparente que resultaría el asignar un valor constante al consumo (o emisiones) de referencia por unidad de superficie (kWh/m2-a) para cada uno de los usos de edificios terciarios en base al cual confeccionar el indicador de eficiencia energética!

Para el caso de los edificios residenciales sí que se emplea una referencia absoluta para el denominador del indicador de eficiencia energética, el percentil 50% de la población de desempeño energético del parque de edificios considerados (edificios nuevos o edificios existentes), si bien, para confeccionar el índice de calificación energética en el que se basa la escala de calificación, además de este valor de referencia es preciso introducir un indicador de la dispersión de la población correspondiente (el indicador de la dispersión usado en este caso es el ratio entre los percentiles 50% y 10%). ¿Por qué estas dispersiones en el desempeño energético (o ambiental) de las poblaciones de edificios residenciales de referencia? En el caso de los edificios existentes es debido a la coexistencia de edificios construidos en distintos periodos de tiempo en el que estaban en vigor distintas regulaciones energéticas, y al hecho de que algunas de estas regulaciones no capturaban completamente (aunque si parcialmente) el efecto de variables de diseño como la compacidad del edificio. Pero en el caso de los edificios nuevos, aquellos construidos según el CTE (una única regulación energética), la dispersión del consumo energético de los edificios residenciales cumpliendo la normativa es incluso significativamente superior a la del parque de edificios existentes (un 55% superior en el caso de los bloques de vivienda), consecuencia directa de que el CTE es una regulación energética que a diferencia de las anteriores pierde cualquier información sobre una variable de diseño tan relevante como es el factor de forma del edificio, y que por tanto no es eficaz en imponer un límite determinado al consumo energético del edificio, sino que el límite regulatorio de consumo energético permitido por la normativa en los edificios nuevos es variable con una función de densidad de probabilidad que tiene una varianza elevada. Realmente esta situación tampoco parece adecuada por tanto y cuando que no está orientada a objetivos de hacer evolucionar el sector edificación hacia niveles conocidos de eficiencia.  ¡con lo sencillo y transparente que resultaría el asignar un valor constante al consumo (o emisiones) de referencia por unidad de superficie (kWh/m2-a) para los edificios residenciales!


Otro tema que merece ser comentado el escaso espíritu crítico mostrado por la mayoría de profesionales relacionados con el desempeño energético de los edificios (arquitectos, ingenieros, consultores ambientales,...), que en líneas generales  se han limitado a 'bailar' con la corriente dominante, sin realizar análisis críticos de lo que se les estaba imponiendo. Estos mismos colectivos son los que pasan a estar automáticamente habilitados por RD para suscribir la certificación energética de los edificios (aunque todavía queda pendiente la especificación por parte de la administración de qué otros colectivos estarás acreditados para suscribir la certificación energética de los edificios). En este sentido, parece haber poco margen para el optimismo respecto a la capacidad de reconducir el desarrollo de la certificación mediante el uso responsable de la actividad profesional más allí de las limitaciones impuestas por procedimientos y herramientas.

En fin, que esta es la certificación energética de edificios que habemus en España, y probablemente, al igual que en otros aspectos, sea la que nos merecemos.

Si bien es cierto que no creo que directamente quepa esperar una gran contribución de este esquema de certificación para impulsar el parque de edificios hacia la sostenibilidad, tanto por sus limitaciones intrínsecas como por el hecho de constituir de por sí un mecanismo de respuesta lenta, sí que creo que puede abrir los canales (comunicación relativa a aspectos energéticos entre usuarios de edificios y profesionales del sector) para que se empiecen a desplegar otros mecanismos de cambio de respuesta más rápida, evolucionando desde el ‘papelito’ del certificado energético hacia prestaciones de servicios energéticos con garantías de resultados: Es decir, valoraciones de desempeño energético calibradas con la realidad del comportamiento del edificio y en las que basar la decisión de mejoras de eficiencia con garantía de resultados a implementar en el edificio. Se trata de un cambio cualitativo muy importante, al asumir responsabilidades sobre los resultados del desempeño real del edificio, con vinculaciones económicas y credibilidad que sin duda facilita la implementación de medidas que realmente conduzcan el sector de la edificación hacia la sostenibilidad en unos tiempos de respuesta muy inferiores, y con el potencial de realmente activar el mercado de la construcción sostenible y su correspondiente actividad económica con aportación positiva para el conjunto de la sociedad más allí de la creación de PIB. Y evidentemente en este contexto, el analista energético trasciende las limitaciones de las herramientas y procedimientos de certificación aprobados, pues al tener asociada una garantía de resultados con sus análisis, ya se encargará de emplear las herramientas más fiables y eliminar cualquier restricción estructural como las que comentábamos más arriba.
Por tanto creo que hay lugar para adoptar una visión en positivo de toda esta situación.  El resultado del proceso de certificación energética de edificios queda en manos de la responsabilidad profesional y espíritu crítico de los técnicos certificadores, que a pesar de poderse ver  'encorsetados' por procedimientos y herramientas, pero con un uso crítico de los mismos tienen vía libre para  la información que hagan llegar a sus clientes a través de este nuevo canal de comunicación que la certificación energética abre, de tal forma que pueden desarrollar un análisis más completo salvando parcialmente las imperfecciones los procedimientos / herramientas establecidos con mensajes del estilo de: Haciendo esto te da una certificación X, pero las emisiones y consumo que cabe esperar son peores que las de esta otra medida que te conduce a una certificación X-1 hoy (pero que a medida que madure el proceso certificador puede conducirte a mejor certificación que la anterior). Evidentemente el alcance real va a quedar limitado por el contexto y la disponibilidad presupuestaria de la interacción profesional, pero siempre hay margen para superar limitaciones mediante un ejercicio crítico y responsable de la actividad profesional. De hecho, esta situación no difiere en exceso de la de cualquier otra actividad profesional: Al final, la capacidad de potenciar la transición reside principalmente en la actuación personal.

5 comentarios:

  1. Interesante artículo.
    Además de estos temas, comentar que a 1 mes vista de la obligatoriedad del certificado energético, no sabemos ni cómo se tramitan, ni cuánto valen las tasas, ni quién, cómo o cuando inspeccionará los certificados que se realicen.
    Más información en: http://www.certificados-energeticos.org

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  2. Gran trabajo. Buena disección de la trastienda de la certificación energética.

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  3. Estaba realizando mi primera certificación con CE3X y al consultar el Manual de fundamentos técnicos me he dado de bruces con los coeficientes de kgCO2/kWh eléctricos frente a los de gasoil y he empezado a flipar. Desde luego es más que lamentable, a ver cómo le explico a mi cliente ahora que lo que pone en el papelito es todo falso sin que se me caiga la cara de vergüenza.

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